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El derecho a la información es un derecho humano y es clave para la libertad de pensamiento y opinión de las personas. Este derecho te permite buscar y recibir información de forma gratuita que provenga, se administre o se genere de cualquier autoridad pública, quienes tienen la obligación de entregarte esta información sin pedirte justificar su uso o interés.

 

El derecho a la información, como mencionamos, es un derecho humano: esto significa que tu estatus migratorio en un país no interfiere con tu derecho a tener acceso a la información pública que solicites. Respaldada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos tenemos el derecho de obtener información, informar y ser informado:

  • Derecho de obtener información: acceso a archivos, registros públicos
  • Derecho de informar: libertades de expresión y de imprenta, el poder constituir sociedades y empresas informativas
  • Derecho de ser informado: recibir información objetiva y oportuna, la cuál debe ser completa y con carácter universal, es decir, que sea para todas las personas sin exclusión de alguna

 

Todas las personas en contexto de movilidad tienen derecho a recibir información clara, oportuna y gratuita, especialmente de su situación migratoria, procesos y cuidados al momento de transitar por un país. Se deben de reconocer tus derechos internacionales, así como hacer saber qué recursos y organismos de la ley de cada país protegen a personas en movimiento y cómo.

 

¿Quién observa que este derecho sea respetado?

Al ser un derecho fundamental, la información es un derecho que debe estar bajo la tutela y de observancia por la acción pública, es decir, por el gobierno y los órganos del Estado. En México se cuenta con los siguientes órganos públicos para hacer valer este derecho:

  • El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), vinculado a la operación e instrumentación del ejercicio del derecho de acceso a la información pública y a las instituciones democráticas dentro de México

  • El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el cual permite la operación y ejercicio de la libertad de expresión de cualquier forma

  • El Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR), el cual es un medio público del Estado mexicano que se encarga de garantizar que los ciudadanos puedan recibir y obtener información audiovisual que sea veraz, oportuna, completa y sin exclusión

 

 

Fuentes

El derecho a la información. Amedi (2024). https://www.amedi.org.mx/el-derecho-a-la-informacion/

El derecho a la información como derecho humano. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Congreso/pdf/79.pdf

Derechos de las personas migrantes. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-personas-migrantes